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Latam 19/02/2018

Perú: Establecen requisitos para compra de excedentes de papa en regiones

Minagri detalla el proceso a seguir para comprar cantidades de papa hasta por S/50 millones a productores afectados por disminución del precios. Medida tendrá vigencia hasta el 12 de abril

El Ministerio de Agricultura y Riego (Minagri) aprobó hoy los lineamientos para la compra de excedentes de papa blanca a los agricultores del interior del país dispuesto en el Decreto de urgencia 002-2018, publicado el pasado 11 de febrero. 

Dicha norma autoriza al Minagri, a través del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural (Agrorural), la adquisición la producción excedente hasta por un monto de S/50 millones, y por un máximo de S/7 mil por productor. La medida, que estará vigente hasta el 12 de abril, señala que la cantidad de papa adquirida será entregada como donación para la atención de programas sociales y/o asistenciales de entidades públicas.

A través de la publicación de la Resolución Ministerial N°0070-2018-Minagri, el sector detalló el procedimiento a seguir.

Empadronamiento​Será el requisito previo para iniciar la entrega de papa y estará a cargo de Agrorural, a través de sus direcciones zonales. El registro se realizará mediante fichas elaboradas por los gobiernos regionales implicados, donde deben registrarse correctamente a los productores para luego ser visadas por el director o gerente de la Dirección Regional de Agricultura (DGA) correspondiente. Posteriormente serán enviadas a las direcciones zonales de Agrorural.

Los productores registrados no deben haber sido beneficiados por el Decreto de Urgencia 001-2018 y su producto debe cumplir las características especificadas (buen estado y un peso por unidad mayor a 70 gramos). Las remisiones de las fichas se darán en tres fechas (20 de febrero, 26 de febrero y 6 de marzo).

VerificaciónLas direcciones zonales de Agrorural verificarán la identidad de los productores, tanto en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) como en la Superitendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat). Luego procederá a elaborar un "Padrón de productores de Papa Aptos".

AdquisiciónPosteriormente, Agrorural suscribirá un "Acuerdo de Adquisición de la papa" que será publicado junto con un cronograma en medios masivos. La adquisición y entrega del tubérculo debe realizarse en una sola oportunidad y en la fecha señalada en el acuerdo.

En dicho momento, la entidad estatal verificará las características técnicas del producto, el peso en kilogramos y el número de sacos, el punto determinado de entrega. Una vez terminada la recepción, el productor deberá emitir una factura o boleta de venta.

DonaciónUna vez recibido el producto, las direcciones zonales donarán la papa a las instituciones beneficiarias, quienes deberán suscribir una "Constancia de Entrega y Recepción de Donación". 

Cada expediente deberá contener el DNI y RUC del productor, la ficha de empadronamiento del productor, ticket de balanza o "Constancia de Acreditación de peso", acuerdo de adquisición de papa, comprobante de pago, así como la "Constancia de Entrega y Recepción de Donación".

Cumplimiento Según la resolución, Agrorural será la entidad encargada del cumplimiento y monitoreo de las acciones descritas. Asimismo elaborará un informe de cierre sobre las acciones realizadas.En caso de detectar la falsedad en algún documento presentado por el productor o en alguna institución a cargo del proceso, Agrorural comunicará a la Procuraduría Pública del Minagri para el inicio de las acciones legales correspondientes.

Fuente: https://elcomercio.pe/peru/establecen-requisitos-compra-excedentes-papa-regiones-noticia-498294


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